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«Acato la decisin pero no la comparto»: procurador Alejandro Ordoez, al despedirse del cargo

El procurador general Alejandro Ordoñez, cuya elección fue anulada por el Consejo de Estado, dijo que acata la decisión pero no l

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El procurador general Alejandro Ordoñez, cuya elección fue anulada por el Consejo de Estado, dijo que acata la decisión pero no la comparte.

Palabras de Ordoñez

Respeto y acato la decisión del Consejo de Estado. Soy un hombre de Estado, defensor de las instituciones. No comparto la decisión, pero la respeto, por tratarse de uno de nuestros máximos tribunales, del cual además fui magistrado. 

Por mi talante, no interpondré recursos contra la sentencia, no presentaré tutelas, ni acudiré a organismos internacionales. Simplemente, la acepto con resignación cristiana.

Múltiples veces el Gobierno y las FARC presionaron públicamente mi salida. Estaban ansiosos de liberarse del procurador. 

Comprendo el odio de “Timochenko” y el resentimiento de Juan Manuel Santos. He sido, como lo ordena la Constitución, muy riguroso en el cumplimiento de mis funciones. 

Un procurador de bolsillo le hubiera dicho sí a todo, con la excusa de la paz. Pero la paz no lo justifica todo. No justifica premiar a los responsables de miles de crímenes de lesa humanidad, no justifica un golpe de estado contra la Constitución, ni justifica que un presidente haga lo que se le dé la gana.

Presionaron mi salida por decir no a la impunidad, por repudiar que le otorguen el derecho a gobernar a Colombia a perpetradores de atrocidades, por oponerme al rompimiento del orden constitucional que impone el Gobierno, por defender la vida y la familia. 

Sacan al procurador, para dejar sin control al gobierno en medio de la campaña del plebiscito. La legitimidad del plebiscito no depende solamente de las mayorías, sino de respetar las reglas, los controles y la transparencia. 

El país debe votar a conciencia y de forma libre el plebiscito. Debe votar con la razón, no con la emoción. Los colombianos deben defender su derecho a decidir y no someterse al miedo, ni al chantaje.

¡Me voy contento, me voy tranquilo y con la satisfacción del deber cumplido!

Muchas gracias a todos los colombianos que durante estos años de dura labor me manifestaron su aprecio, su cariño, su apoyo. 

Muchas gracias a los funcionarios de la Procuraduría por su trabajo y dedicación.

¡No les quepa la menor duda! 

¡Vamos a seguir en la tarea!

Consejo de Estado anula elección del Procurador

Después de tres años de haberse presentado una demanda contra la reelección del procurador general, Alejandro Ordóñez Maldonado, la Sala Plena del Consejo de Estado, decidió anularla por irregularidades.

La Corporación Judicial acogió la ponencia que presentó la magistrada Rocío Araujo, en la que determinó que el segundo mandato de Ordóñez Maldonado, no estuvo acorde a la Constitución.

La magistrada Araujo indicó que se incurrieron en tres causales de nulidad, una de ellas que no existe la figura de la reelección en la constitución para el cargo de procurador, que no hubo una terna como tal y que los magistrados de la Corte Suprema de Justicia que votaron a favor de su postulación debían declarase impedidos por tener familiares en la Procuraduría.

En ese punto señaló que la participación de los magistrados de la Corte Suprema de Justicia, Jorge Mauricio Burgos Ruíz, Javier Zapata y Ruth Marina Díaz, no se debió permitir.

Esta decisión se tomó dentro de la demanda que presentó el abogado Rodrigo Uprimmy, en la que argumentó que el artículo 126 de la Constitución prohíbe que un servidor público nombre en cargos que no sean de carrera a familiares cercanos (como hijos, hermanos o primos) de aquellos “servidores públicos competentes para intervenir en su designación”.

Este es el comunicado del Consejo de Estado:

Bogotá, septiembre 7 de 2016. – La Sala Plena de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado declaró la nulidad de la reelección del Procurador General de la Nación, Alejandro Ordóñez Maldonado, al encontrar que se desconoció el artículo 126 de la Constitución Política. 

El artículo 126 constitucional consagra una prohibición que acarrea la nulidad del acto de elección, nombramiento o postulación de un funcionario que hubiere designado a sus electores, postulantes o familiares cercanos, en cargo que le corresponde proveer. 

En el caso concreto, el doctor Alejandro Ordóñez Maldonado efectuó los nombramientos de parientes de magistrados de la Corte Suprema de Justicia, órgano que lo postuló para su reelección. 

En vista de esas designaciones, la Corte Suprema no podía postular al doctor. Ordóñez Maldonado, dada la prohibición del artículo 126 de la Constitución y el principio de igualdad que se predica del acceso a los cargos públicos. 

La decisión adoptada se tomó después de negar las recusaciones formuladas en contra de los consejeros Rocío Araújo Oñate, Stella Conto Díaz del Castillo y Alberto Yepes Barreiro, y de negar también la solicitud de reintegración de la magistrada María Elizabeth García González, quien se había declarado impedida en el curso del proceso. 

Otros cargos formulados en las demandas no prosperaron.El segundo periodo del procurador general iba hasta enero de 2017.

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