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‘Doble instancia en proceso penal y pérdida de investidura es un derecho’, afirma Ministro de Justicia

La plenaria del Senado de la República aprobó el proyecto de ley sobre Doble Instancia en Pérdida de Investidura de congresistas

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La plenaria del Senado de la República aprobó el proyecto de ley sobre Doble Instancia en Pérdida de Investidura de congresistas y el proyecto de Acto Legislativo 013 de 2017, que crea nuevas salas en la Corte Suprema de Justicia para garantizar la doble instancia para aforados constitucionales.

De cuerdo con el ministro de Justicia y del Derecho, Enrique Gil Botero, la aprobación de tales proyectos significa un gran paso en materia de Derecho Constitucional.

El proyecto de ley de Doble Instancia en Pérdida de Investidura, que pasa a sanción presidencial, tiene como objetivo principal armonizar el ordenamiento jurídico colombiano con la Convención Americana de Derechos Humanos y el Pacto Internacional sobre Derechos Civiles y Políticos, que establecen la doble instancia como garantía judicial para todas las personas.

Actualmente los procesos de pérdida de investidura de los congresistas los conoce en única instancia el Consejo de Estado. La nueva ley permitirá una división orgánica en ese alto tribunal para crear una sala donde se tramiten esos casos en primera instancia, y que en segunda instancia los conoce la sala plena.

El Ministro Gil Botero aseguró que esta garantía no debe entenderse como una dádiva para los congresistas, pues no existe justificación para que senadores y representantes estén por fuera del ámbito de protección de la Constitución en esta materia.

“Es una gran valía tener doble instancia. Esto no es un regalo, es un derecho y una garantía. La doble instancia no sólo es un derecho constitucional sino que es un principio. Debemos aplicarlo en materia de pérdida de investidura para congresistas. Esto es parte de un requerimiento de las instancias internacionales y de la misma Constitución', dijo el Ministro.

Acto legislativo

Con respecto al proyecto de Acto Legislativo 013 de 2017, este implementará el derecho a la doble instancia y la impugnación a la sentencia condenatoria para aforados.

De acuerdo con ese proyecto tanto las subsalas de instrucción y primera instancia estarán conformadas, cada una, por tres magistrados, que podrán conocer de los procesos penales pero no tendrán competencia en asuntos administrativos.

Además, señala que los aforados constitucionales y los congresistas que hagan parte de indagaciones penales puedan ser investigados por la nueva subsala de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia.

La tarea de la subsala consistirá, básicamente, en acusar a los investigados ante la subsala de primera instancia de la Corte Suprema de Justicia.

Las decisiones de esta última podrán ser apeladas. Si es así, el proceso pasará a la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, que decidirá en segunda instancia.

El Ministro de Justicia y del Derecho destacó que esta iniciativa refuerza la garantía constitucional y respeta el derecho a la igualdad, cumpliéndose de este modo con la exigencia legal, constitucional y convencional de una segunda instancia en los procesos jurisdiccionales.

El proyecto de Acto Legislativo 013 de 2017 pasa a tercer debate en la Comisión Primera de la Cámara de Representantes.

(Fin)

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