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Eloy ‘Chichi’ Quintero presentó proyecto que busca proteger a los menores de edad  

Esta iniciativa está inspirada en la protección del menor, es una construcción legislativa que se soporta en el artículo 4

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Esta iniciativa está inspirada en la protección del menor, es una construcción legislativa que se soporta en el artículo 44 de la Constitución Política de Colombia y el objetivo principal es velar por el cuidado de ellos en el desarrollo de su sexualidad, que ninguna persona intervenga o afecte su proceso.

Para eso, el Representante propone que se construya una base de datos con toda la información detallada de los pedófilos, es decir personas que llevan a cabo Pornografía o actos libidinosos con menores.

El banco de pedófilos será una medida proteccionista del desarrollo sexual de los menores de 14 años en los centros educativos, religiosos, deportivos o cualquier otro lugar donde los infantes estén en contacto con sujetos que por su autoridad, confianza de los padres o necesidades sociales adquieran la responsabilidad del cuidado de los niños.

Otro aspecto importante de esta iniciativa es que las personas jurídicas o naturales que contraten o ejerzan  la custodia temporal de menores de edad, deberán registrar y mantener en lugar visible un certificado de no contratar sujetos que aparezcan en el banco de pedófilos, “también se les exigirá una constancia psicológica negativa al perfil pedófilo a los empleados, encargados, miembros de iglesias o cultos religiosos registrados para operar legalmente en Colombia”. Afirmó el Representante Chichi Quintero.

“Esta propuesta será de mucha utilidad para nuestra sociedad porque en lugar de lamentar vamos a evitar y prevenir que se siga exponiendo a los niños al abuso. “Estos pequeños son el futuro de nuestra sociedad, por eso debemos apuntar a defender sus derechos”. Dijo Quintero Romero

Este proyecto destaca que se habla de desarrollo sexual y no de la libertad, ya que un menor de 14 años aún no cuenta con la madurez psicológica para disponer de su sexualidad libremente, por eso el desarrollo normativo que se expone, edifica barreras de protección al desarrollo sexual del menor, en atención a una condición personal del sujeto que se complace sexualmente con imágenes o actos, donde los menores son sus víctimas favoritas.

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