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A indagatoria el general ( r ) Maza Márquez por homicidio de Luis Carlos Galán

La Fiscalía General de la Nación llamó a indagatoria al general en retiro Miguel Alfredo Maza Márquez, ex director del DAS

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La Fiscalía General de la Nación llamó a indagatoria al general en retiro Miguel Alfredo Maza Márquez, ex director del DAS, al considerar que tuvo participación en el asesinato del candidato presidencial por el Nuevo Liberalismo Luis Carlos Galán Sarmiento el 18 de agosto de 1989 y lo vinculó otra vez de manera formal al proceso.

La decisión del ente acusador fue presentada por el Fiscal General (e), Jorge Fernando Perdomo, pues el magnicidio del político, cometido en el parque principal de Soacha (Cundinamarca) en plena campaña política a la Presidencia, es un homicidio de lesa humanidad y por lo tanto es imprescriptible, señaló el funcionario.

La determinación fue tomada por la Fiscalía Delegada ante la Corte Suprema de Justicia,  que había abierto una indagación preliminar luego de la nulidad decretada en la misma Corte Suprema de Justicia el 20 de enero último y hoy resolvió sobre el recurso que había interpuesto la defensa de Maza. El abogado del oficial retirado pretendía que se decretara la prescripción del proceso por haber pasado más de 20 años y el crimen ocurrió en plena vigencia del Código Penal de 1980, en el cual la pena para un homicidio como el de Galán era de 20 años.

Perdomo señaló que, en criterio de la Fiscalía, el crimen de Galán no es prescriptible porque en los años 80 y de acuerdo con análisis e informaciones de la Policía Judicial hubo un ataque sistematizado y generalizado contra la población civil en desarrollo del cual hubo una serie de asesinatos y magnicidios.

 Considera el ente acusador que existen indicios sobre la participación de Maza en el crimen y por esto se le investiga por la presunta comisión del delito de homicidio agravado con fines terroristas, el cual es considerado por la Fiscalía como crimen de lesa humanidad.  Para Perdomo, se dan los elementos esenciales necesarios para que una conducta típica sea considerar de este tipo.

Perdomo explicó que en este caso se habla de un crimen de lesa humanidad con fundamento, incluso, en la jurisprudencia internacional que ha señalado que la muerte de una sola persona puede considerarse como delito de lesa humanidad en el momento en que se realiza en el marco de un ataque generalizado y sistemático.

A pesar de que la Corte Suprema había decretado la nulidad del proceso, en esa determinación también señaló que las pruebas aportadas hasta ese momento no perdían validez, explicó el Fiscal (e), aunque esto no es motivo para considerar que no se pueda incorporar otras pruebas al proceso.

La diligencia de indagatoria se efectuará el 27 de julio próximo.

 

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