Chiriguaná – Cesar,  adopta medidas para la reapertura de algunos sectores económicos 

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Chiriguaná – Cesar, adopta medidas para la reapertura de algunos sectores económicos 

A través del decreto 099 de 2020, la Alcaldía de Chiriguaná, Cesar, en cabeza de su mandatario, Carlos Iván Caamaño

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A través del decreto 099 de 2020, la Alcaldía de Chiriguaná, Cesar, en cabeza de su mandatario, Carlos Iván Caamaño Cudro, adopta medidas para la reapertura de algunos sectores económicos, además, extiende el aislamiento preventivo obligatorio hasta el 25 de mayo de 2020, para prevenir la transmisión del Covid-19 en el municipio.

Esta decisión fue tomada luego de que la prueba tomada al primer caso de COVID-19 del municipio ocurrido el pasado primero de mayo, fue repetida. El nueve de mayo, la Secretaría de Salud Departamental informó que el caso era negativo.

Por esta razón y atendiendo la orden presidencial emitida el pasado 6 de mayo en el Decreto Nro. 636, por el cual se imparten instrucciones en virtud de la emergencia sanitaria generada por la pandemia del COVID-19, ordena la apertura de algunos sectores económicos.

Los sectores económicos permitidos son:

– Comercio al por menor de combustible, lubricantes, aditivos y productos para limpieza de automotores.
– Comercio al por menor de libros, periódicos, materiales y artículos de papelería y escritorio.
– Comercio al por mayor de muebles y enseres domésticos.
– Comercio al por mayor y por menor de vehículos automotores y motocicletas, incluidos partes, piezas y accesorios.
– Servicio de parqueadero público para vehículos.
– Servicio de lavandería a domicilio.
– El funcionamiento de los centros de llamadas, los centros de contactos, los centros de soporte técnico y los centros de procesamiento de datos que presten servicios en la jurisdicción del Municipio de Chiriguaná y de las plataformas de comercio electrónico.
– El funcionamiento en el Municipio de los servicios postales, de mensajería, radio, prensa y distribución de los medios de comunicación.
– Las actividades del sector interreligioso relacionadas con los programas institucionales de emergencia, ayuda humanitaria, espiritual y psicológica.
– La cadena de producción, abastecimiento, almacenamiento, reparación, mantenimiento, transporte y distribución de las manufacturas de i) vehículos automotores, remolques y semirremolques, ii) motocicletas, iii) muebles, colchones y somieres.
– Fabricación, mantenimiento y reparación de computadores, equipos periféricos, equipos de comunicación, electrónicos y ópticos.

REGRESA EL PICO Y CÉDULA 

Con el fin de evitar aglomeraciones y focos de transmisión del COVID-19 en el Municipio y generar un mayor control, se retoma el Pico y Cédula, el cual habilita a un miembro del hogar para salir a suplir las necesidades de los miembros que lo conforman, así:
 
Día de la Semana    Horario    Números de Cédulas
Lunes    09:00 a.m.-11: a.m.    0 y 1
    02:00 p.m. – 04:00 p.m.    2 y 3
Martes    09:00 a.m.-11: a.m.    4 y 5
    02:00 p.m. – 04:00 p.m.    6 y 7
Miércoles    09:00 a.m.-11: a.m.    8 y 9
    02:00 p.m. – 04:00 p.m.    0 y 1
Jueves    09:00 a.m.-11: a.m.    2 y 3
    02:00 p.m. – 04:00 p.m.    4 y 5
Viernes    09:00 a.m.-11: a.m.    6 y 7
    02:00 p.m. – 04:00 p.m.    8 y 9
Sábado    07:00 a.m. – 09:00 a.m.    0 y 1
    11:00 a.m. – 01:00 p.m.    2 y 3
    03:00 p.m. – 05:00 p.m.    4 y 5
Domingo    07:00 a.m. – 09:00 a.m.    6 y 7
    09:00 a.m.-11: a.m.    8 y 9

Exímase la anterior medida, a las personas exceptuadas del aislamiento preventivo obligatorio, tal como lo indica el Decreto Municipal 086 de 2020 y complementarios, entre ellos: la cadena agropecuaria y agrícola, la de producción, abastecimiento, distribución y comercialización de artículos de primera necesidad (alimentos, bebidas, medicamentos, etc.), servicio de domicilios, personal médico, sector minero, personal adscritos a empresas de servicios públicos, entre otras.

ATENCIÓN AL PÚBLICO
La atención al público en la Alcaldía Municipal, los Institutos descentralizados y Empresas de Servicios Públicos se suspenderá de forma presencial hasta el veinticinco (25) de mayo de 2020, sólo los eventos que ameriten por la urgencia y gravedad de la situación accederán a ella.

La atención al público continuará habilitada a través de los canales de acceso como: correo electrónico, Whatssap y llamadas a los funcionarios; quienes priorizarán la atención de acuerdo a la urgencia de las solicitudes.

SIGUE EL TOQUE DE QUEDA

Con el fin de evitar la transmisión del coronavirus (COVID-19) entre los habitantes del Municipio de Chiriguaná, la Administración Al Alcance de Todos decreta Toque de Queda parcial todos los días. Es decir, las personas no podrán circular en la jurisdicción del Municipio de Chiriguaná en el lapso comprendido entre las 20:00 y las 05:00 horas.  
 
HABRÁ SANCIONES

La violación e inobservancia de las medidas adoptadas e instrucciones dadas mediante el presente Decreto, darán lugar a la sanción penal prevista en el artículo 368 del Código Penal y a las multas previstas en artículo 2.8.8.1.4.21 del Decreto 780 de 2016, o la norma que sustituya, modifique o derogue.