Con revueltas y quema de llantas los motociclistas de Valledupar protestan por la implementaci髇 del nuevo decreto de la Alcald韆 de Valledupar que restrin
Con revueltas y quema de llantas los motociclistas de Valledupar protestan por la implementaci髇 del nuevo decreto de la Alcald韆 de Valledupar que restringe el manejo y circulaci髇 de estos veh韈ulos en la ciudad.
En la calle 44, a la entrada de Mareigua, el domingo 4 de enero los motociclistas quemaron llantas y hubo enfrentamientos con la Polic韆
Medida de la Alcald韆
La Alcald韆 de Valledupar regular la circulaci髇 de motocicletas en la ciudad mediante el decreto municipal el cual establece que s髄o podr conducir la motocicleta el propietario de la misma, a partir de enero de 2015.
Sobre los acompa馻ntes se decret que s髄o quienes formen parte del n鷆leo familiar del conductor, conformado por esposa (0) y/o compa馿ra (0) permanente e hijos, podr醤 circular como parrilleros.
Este Decreto busca reglamentar la circulaci髇 de motociclistas, fomentar cultura ciudadana, incentivar el uso del transporte p鷅lico y contribuir con el mejoramiento de la movilidad peatonal y vehicular. Dentro de las principales medidas se encuentra la restricci髇 en la circulaci髇 de motocicletas, motociclos y moto triciclos, en d韆s h醔iles de la semana, en el periodo comprendido entre las 6.00 a.m. y las 7:00 p.m. dentro de la zona delimitada por los siguientes corredores viales de Valledupar:
旵arrera 4 entre la calle 17 y Calle 14
旵alle 14 entre Carrera 4 y Carrera 12
旵arrera 12 entre Calle 14 y Calle 18
旵alle 18 entre Carrera 12 y Carrera 8
旵arrera 8 entre Calle 18 y Carrera 7
旵alle 19 entre Carrera 7 y carrera 6
旵arrera 6 entre Calle 19 y Calle 17
旵alle 17 entre Carrera 6 y Carrera 4
Es importante tener en cuenta que esta medida, no va en contraposici髇 con el Decreto de Orden P鷅lico N000308 del 15 de octubre de 2014, que proh韇e la circulaci髇 de toda clase de motocicletas con personas (hombres) mayores de 14 a駉s en el municipio.
Dentro de las excepciones de dicho Decreto est醤 los motociclistas miembros de la fuerza p鷅lica, autoridades de tr醤sito, personal de seguridad de las entidades del estado, personal de los organismos de socorro, escoltas de los funcionarios del orden nacional, motocicletas que sean propiedad de un establecimiento p鷅lico o privado, entre otras excepciones.
Todo conductor de motocicletas de cualquier tipo y su acompa馻nte, deber醤 portar casco protector y chaleco reflectivo; si no cumple con este requisito, se dar lugar a la inmovilizaci髇 de la motocicleta y multa de 15 salarios m韓imos diarios vigentes.
La Secretar韆 de Tr醤sito y Transporte de Valledupar y la Polic韆 Nacional a trav閟 de su cuerpo especializado de tr醤sito, ser醤 las encargadas de velar por el cumplimiento de este Decreto.
El periodo de pedagog韆 ser de 20 d韆s h醔iles, contados a partir de la publicaci髇 del presente Decreto, a fin de que los ciudadanos se vayan familiarizando con las medidas adoptadas.
DANIELA MOLINA COMUNICACIONES TR罭SITO MUNICIPAL CEL: 3106228347
Foto: archivo

COMMENTS