HomePolitica

Jorge Luís Quintero Santiago capturaro por la muerte de la profesora Avis Mileth Villalobos en Valledupar

Por la muerteo de la docente Avis Mileth Villalobos Bermúdez, de 33 años, fue asegurado con medida intramuros en la cárcel de máxima y mediana seguridad de V

Cerro Matoso S.A. adeuda $170 mil millones al Estado colombiano, por regalías dejadas de pagar desde 1998
Comfacesar, UGPP y Asopagos, lideraron jornada de capacitación sobre pagos parafiscales
Fiscalía desarticulada banda Los Canarios que operaba en Valledupar

Por la muerteo de la docente Avis Mileth Villalobos Bermúdez, de 33 años, fue asegurado con medida intramuros en la cárcel de máxima y mediana seguridad de Valledupar (Cesar), Jorge Luis Quintero Santiago, el presunto autor material.

El procesado fue capturado por servidores de la  Subdirección Seccional Policía Judicial CTI de la Dirección Seccional de Fiscalías, Seguridad y Convivencia Ciudadana Cesar, en operativo conjunto con miembros de la Sijín, en el barrio Dangond de Valledpar, en cumplimiento a la orden de captura emanada por el Juzgado 2° Penal Municipal con funciones de control de garantías.

Según las investigaciones preliminares, el pasado 7 de diciembre la profesora se movilizaba con otra persona en su motocicleta por el barrio Los Fundadores, y fue sorprendida por dos sujetos quienes con arma de fuego trataron de despojarla de una mochila. Fue así como se presentó un forcejeo entre ellos, y uno de los agresores accionó el arma ocasionándole la muerte a la profesora del colegio de bachillerato del corregimiento Mariangola de Valledupar (Cesar).

Fue así como se tomaron  entrevistas y declaraciones a testigos de los hechos, se realizaron reconocimientos fotográficos y se identificó e  individualizó plenamente a Quintero Santiagocomo la persona que disparó en contra de Villalobos Bermúdez, solicitándose orden de captura ante la Fiscalía 7 Local URI de Valledupar.

Es de anotar que durante las audiencias preliminares ante el Juzgado 1° Bacrin con funciones de control de garantías, el procesado no se acogió a sentencia anticipada. 

 

COMMENTS

WORDPRESS: 0
DISQUS: 0