Mediante ordenanza 147 aprobada por la Asamblea Departamental y recientemente sancionada por el Gobernador Francisco Ovalle Angarita se fijó un
Mediante ordenanza 147 aprobada por la Asamblea Departamental y recientemente sancionada por el Gobernador Francisco Ovalle Angarita se fijó una condición especial para contribuyentes que estén en mora con el pago de sus impuestos de vigencia 2014 y anteriores.
Reducción del 60% de los intereses y sanciones actualizadas, si se produce el pago total de la obligación principal antes del 31 de mayo de 2017. El 40% si se hace el pago total de la obligación actualizada después del 31 de mayo y hasta la vigencia de la condición especial, que son 10 meses luego de sancionada esta ordenanza.
Cuando se trate de una resolución o acto administrativo que desencadene en una sanción económica de carácter tributario, la condición especial de pago queda de la siguiente manera, respecto de las obligaciones o sanciones exigibles desde el año 2014 o anteriores.
Reducción del 40% si se realiza el pago de la sanción actualizada hasta el 31 de mayo de 2017, debiendo pagar solo el restante 60% de la sanción. Si el pago se hace después del 31 de mayo y hasta los 10 meses que tiene vigencia esta ordenanza, la obligación se reducirá el 20% y el contribuyente solo cancelará el 80% de la condición especial de pago.
Lo anterior solo será aplicable en relación con impuestos, tasas y contribuciones del orden territorial, No podrán acceder a estos beneficios los contribuyentes que hayan suscrito acuerdos de pago con base en el reglamento interno de cartera del Departamento.
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