HomePolitica

Gobernación del Cesar promueve brigada de libreta militar para los días 16, 17, 18 y 19 de abril

El Gobierno Departamental en conjunto con la Décima Brigada Blindada convocó a todos los ciudadanos que no han definido su situación militar para que asistan

Colombia tiene 702 casos de coronavirus; 10 muertos y le hace frente a la pandemia
Martín Elías murió aparatoso accidente de tránsito en San Onofre – Sucre
Gobierno de Mello Castro realizó nueva entrega de beneficios económicos BEPS a gestores y creadores culturales

El Gobierno Departamental en conjunto con la Décima Brigada Blindada convocó a todos los ciudadanos que no han definido su situación militar para que asistan una  brigada  programada para los días 16, 17, 18 y 19 de abril en las instalaciones  del centro recreacional  La Pedregoza para que diligencien  su libreta militar.

El Secretario de Gobierno Departamental  Augusto Ramírez Uhía  manifestó que esta una gran oportunidad para  los ciudadanos que hoy están buscando empleo y por no tener una libreta militar ven disminuidas sus posibilidades  laborales.

Indicó además que en trámites normales  esta gestión dura  uno o dos meses,  pero en esta oportunidad  en un día podrán  obtener la libreta,  que además contará con descuentos especiales para las personas que tienen  multas y en la actualidad tienen intereses moratorios.

Para esta tarea la Decima Brigada Blindada  contará con el acompañamiento  de seis batallones que vienen de diferentes lugares  de la costa para  apoyar este proceso en el que se aspira que un mínimo de 3400 libretas militares sean expedidas.

El jefe de la cartera hizo un llamado a los ciudadanos para que desde ya comiencen a alistar  los requisitos que se requieren para obtener la libreta militar, teniendo en cuenta que se avecina la Semana Santa en la que hay varios días inhabilitados para gestionar estos documentos.

Requisitos

·        Registro civil de nacimiento autenticado

·        Fotocopia de la cédula de los interesados y de los padres. En caso de que haya fallecido, acta de defunción.

·        Fotocopia de diploma o acta de grado autenticados

·        Declaración de renta o certificado de ingresos de los padres o de los que intervienen en la liquidación

·        Certificado Agustín Codazzi de los padres.

·        Certificado de instrumentos públicos,

·        Dos fotos 3×4 centímetros con fondo azul  y saco y corbata

·        Sisben opcional

En caso de ser ama de casa declaración extraproceso, ante notario acreditando la calidad de ama de casa  y de quien depende, con el aval de dos testigos, anexar copia de la cédula de los testigos

En caso madre cabeza de hogar, se aceptan como documentos probatorios: sentencia del divorcio o soporte del ICBF donde diligencie la obligación del padre por los alimentos del joven.

En caso de ser trabajadores independientes: certificado de ingresos por un contador público, anexar fotocopia de cedula del contador, tarjeta profesional, certificado de junta de contadores.

Clara Inés Orozco

COMMENTS

WORDPRESS: 0
DISQUS: 0