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Corte Suprema de Justicia emite sentido de fallo condenatoria contra ex gobernador del Cesar, Luis Alberto Monsalvo

La Sala Especial de Primera Instancia  anunció sentido de fallo condenatorio contra el exgobernador del departamento del Ces

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La Sala Especial de Primera Instancia  anunció sentido de fallo condenatorio contra el exgobernador del departamento del Cesar, Luis Alberto Monsalvo Gnecco, como coautor de los delitos de contrato sin cumplimiento de requisitos legales y peculado por apropiación agravado por la cuantía.   

En la decisión mayoritaria, que contó con un salvamento parcial de voto, la Sala Especial de Primera Instancia encontró que el exgobernador es culpable de los hechos por los cuales fue juzgado, relacionados con las irregularidades en un contrato del 2015, del Programa de Alimentación Escolar (PAE), suscrito entre el departamento del Cesar y el Consorcio Alimentación Escolar a Salvo 2015.

El contrato, fijado en $17.145.105.000, tenía como objetivo prestar el servicio de alimentación a niños, niñas y adolescentes en las áreas rurales y urbanas del Cesar. Sin embargo, la Corte encontró demostrado que en la tramitación, celebración y liquidación del contrato se vulneraron los principios de planeación, economía, responsabilidad y legalidad.  

También se demostró que la suscripción de este negocio, sin que se cumplieran los requisitos legales, fue el medio idóneo para que terceros se apropiaran de recursos públicos. En consecuencia. el contrato tuvo importantes sobrecostos, lo cual le generó al contratista un beneficio económico.

“Así, la apropiación no puede considerarse producto de la casualidad, la delegación del trámite, la celebración y liquidación del contrato, la inadecuada elaboración de los estudios previos, la exigencia de requisitos que solamente podía cumplir el consorcio favorecido, el aumento artificioso del costo unitario de la ración con inclusión de valores no justificados y en ocasiones inflados, el escaso rigor con el que se elaboró el presupuesto, la suscripción del contrato en tan precarias condiciones de legalidad de las que hizo caso omiso pretendiendo ser ajeno a su trámite, la ligereza con la que se procedió en la liquidación del contrato y el cuantioso sobrecosto que se generó; revelan una dinámica comisiva en la que el acusado lideró todas las acciones necesarias con el fin de apropiarse de los recursos públicos en pro del interés particular de terceros y en detrimento del erario departamental”, consigna el auto de sentido de fallo condenatorio.

La investigación liderada por un fiscal delegado ante la Corte Suprema de Justicia acreditó cinco irregularidades sustanciales en el trámite y celebración del contrato 1178 de 2015, cuyo objeto era la prestación del servicio de alimentación escolar a los niños, niñas y adolescentes escolarizados en las áreas rural y urbana del departamento, por un valor inicial de 17.145 millones de pesos.

En ese sentido, se demostró que el citado contrato fue direccionado para beneficiar a un consorcio específico. Las evidencias dan cuenta de que se suscribió pasando por alto graves falencias en los estudios previos, pues no se estableció la población a beneficiar ni el número de raciones a entregar. Tampoco fueron priorizados los niños en situación de vulnerabilidad, ni se establecieron dietas ni complementos alimenticios para los estudiantes.

De otra parte, se estableció que el presupuesto oficial no se ajustó a las necesidades contractuales ni a los precios del mercado, por lo que se generaron sobrecostos por 1.537 millones de pesos, en favor del contratista.

La condena en contra del exgobernador se conocerá el próximo 18 de marzo.