El Presidente de la República, Juan Manuel Santos Calderón, sancionó la Ley 1407 del 17 de agosto de 2010, por la cual se adopta el nuevo Código Pe
El Presidente de la República, Juan Manuel Santos Calderón, sancionó la Ley 1407 del 17 de agosto de 2010, por la cual se adopta el nuevo Código Penal Militar. El Ministro de Defensa Nacional, Rodrigo Rivera Salazar, explicó que esta nueva norma, ampliamente discutida en el Congreso de la República, moderniza las instituciones que permiten la investigación de los delitos propios cobijados por el fuero militar. Agregó que esta nueva Ley, integrada por 628 artículos, establece pautas propias del Sistema Penal Acusatorio, que propician una mejor preparación de los casos, probatoriamente hablando, y una mejor controversia de las pruebas ante la Justicia Penal Militar. “Se establecen los linderos claros para que solamente las conductas que puedan estar directamente relacionadas con el servicio activo, sean las que se amparen bajo la cobertura de este fuero y de la Justicia Penal Militar”, agregó Rivera. Para el Ministro, esta Ley era necesaria, ya que el país requiere una Justicia Penal Militar eficiente, “que produzca resultados, que condene a los culpables, que absuelva a los inocentes, y que no solamente sea honesta y legítima, sino que además lo parezca”. El titular de Defensa enfatizó que la búsqueda de la legitimidad en las Fuerzas Armadas es fundamental, porque ellas “no solamente encarnan un poder material con las armas –que los colombianos hemos puesto en sus manos para que nos defiendan–, sino fundamentalmente un poder moral, un poder ético superior, que se desprende de que actúen con el más riguroso acatamiento y cumplimiento de la Constitución, la Ley y del Derecho Internacional”. Este nuevo Código Penal Militar fija normas para que haya un compromiso con la eficiencia en los resultados y para que dentro de ese debido proceso existan también las garantías de una adecuada defensa judicial de los implicados. |
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