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Valledupar toma medidas para controlar venta de gasolina

A raíz del accidente el pasado 15 de julio en el que murieron cuatro personas luego del incendio de una casa en el barrio San Martín de esta ciudad, la

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A raíz del accidente el pasado 15 de julio en el que murieron cuatro personas luego del incendio de una casa en el barrio San Martín de esta ciudad, la Administración Municipal de Valledupar expidió el decreto número 000435 del 15 de julio de 2010, “por el cual se establecen unas prohibiciones y procedimiento sancionatorio para la distribución, almacenamiento, transporte, compra venta  de combustibles líquidos derivados del petróleo”.

Al respecto, el secretario de Gobierno Municipal, Róber Romero Ramírez, informó que “el decreto prohíbe la compra, venta, distribución, almacenaje y comercialización en cualquier modalidad de combustible líquido derivados del petróleo en sitios, lugares o inmuebles dentro de la jurisdicción urbana y rural del municipio de Valledupar que no cumplan con los requisitos establecidos por el decreto 4299 de 2005 y demás normas reglamentarias”.

Agregó que, así mismo,  el documento prohíbe el transporte de combustibles líquidos derivados del petróleo e cualquiera de sus modalidades, dentro de la jurisdicción urbana y rural del municipio de Valledupar que no cumplan con los requisitos establecidos por el decreto 1609 de 2002; de la misma manera prohíbe el expendio y surtimiento de combustible líquido derivado del petróleo o tanqueo de vehículos de cualquier clase , en sitios no autorizados o que no cumplan con los requisitos del decreto 4299 de 2005.

La transgresión a lo dispuesto en el decreto implicará el decomiso del combustible por parte de la Policía Fiscal Aduanera, sin perjuicio de la imposición de multas y sanciones previstas en el literal E4, artículo 21 de la ley 1383 de 2010.

Romero Ramírez dijo que el funcionario o particular que conozca de la infracción a lo dispuesto en el decreto deberá informar a la Fiscalía General de la Nación para lo de su competencia.

El Secretario de Gobierno podrá autorizar el transporte de combustibles líquidos derivados del petróleo en el máximo de cuatro recipientes de 55 galones, los cuales deben estar sellados de manera que a temperaturas normales no permitan el escape de líquido, ni vapor, con destino exclusivo al sector agrícola, industrial y comercial. El volumen del combustible almacenado en dicho recipiente no podrá exceder los 22º galones y podrá adquirir 8000 galones por mes. Para tal efecto el interesado debe respaldar su solicitud con una factura de venta, en la cual aparezca detallado el combustible, volumen, origen y destino. E vehículo que se utilice para esta actividad no podrá transportar simultáneamente personas, animales, medicamentos o alimentos destinados al consumo humano o animal.     

Más información: Róber Romero Ramírez, secretario de Gobierno Municipal, celular: 3156800405.

 

Visite nuestra página web: www.valledupar-cesar.gov.co

 

AGUSTÍN BUSTAMANTE, CEL: 3157496839

 

Comunicaciones

‘Resultados con Seguridad’

Julio 21 de 2010

 

 

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