De acuerdo con el Superintendente de Sociedades, Billy Escobar Pérez, la decisión de ese organismo obedece a la posible venta de las acciones de la c
De acuerdo con el Superintendente de Sociedades, Billy Escobar Pérez, la decisión de ese organismo obedece a la posible venta de las acciones de la compañía dada la financiación que percibe mayoritariamente por sus vinculados.
“La decisión de someter a control a la empresa Monómeros es para vigilar que todas las actuaciones que se presenten con relación a una posible venta, ajustes en su estructura organizativa, de gobierno y administración, no afecten los intereses de los grupos que tengan acreencias, en especial los trabajadores de la empresa», explicó el funcionario.
Agregó que, si bien la empresa suministra insumos para el sector agrícola, por vía de la enajenación accionaria, “cualquier decisión equivocada puede afectar la seguridad alimentaria del país y los costos que eso significa para la población colombiana».
El superintendente insistió en que el monitoreo a través de la figura del control busca que “toda decisión se tome en el marco de la ley, de acuerdo a sus estatutos, de acuerdo a la legislación colombiana, pues aunque es una empresa venezolana propiedad de Pequiven, se rige por la legislación colombiana y merece toda la vigilancia nuestra para que se cumplan los dictados administrativos, gerenciales, contables y de legalidad».
El superintendente Escobar Pérez explicó que la posibilidad de enajenación de la empresa Monómeros “podría generar y materializar un riesgo de insolvencia».
“Nosotros tenemos que velar porque la empresa, ante un incumplimiento, no termine en causal de liquidación, entre otras cosas, porque si llegamos a encontrar esa situación tendremos que ordenar su liquidación», afirmó.
Escobar explicó que el control es el máximo grado de supervisión de carácter societario que ejerce preventivamente la Superintendencia de Sociedades, con el fin de preservar la compañía como unidad productiva y fuente generadora de empleo, pero no implica su intervención ni coadministración.
Dijo que, no obstante, que la Superintendencia de Sociedades sí puede ordenar correctivos en el manejo de Monómeros y verificar que se cumpla la legislación colombiana, tal como lo dice la Ley 222 de 1995 (Código de Comercio).
Este control se realizará durante el tiempo que la entidad considere “hasta que tengamos la tranquilidad de que la empresa puede avanzar sin ese seguimiento estrecho que nosotros estamos realizando», agregó.
“Nosotros podemos hacer una serie de actuaciones con miras a velar por la legalidad de la empresa, una empresa que tiene la característica de ofrecer un servicio que afecta al sector agrícola del país y la seguridad alimentaria de los colombianos, de ahí la importancia de nuestra presencia y seguimiento», concluyó el superintendente Billy Escobar Pérez.