Superintendencia de Notariado y Registro autoriza a notarías a prestar el servicio en horario anterior al Aislamiento Preventivo

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Superintendencia de Notariado y Registro autoriza a notarías a prestar el servicio en horario anterior al Aislamiento Preventivo

La Superintendencia de Notariado y Registro (SNR), expidió la Resolución 05020 de 2020, por medio de la cual autoriza a las notarí

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La Superintendencia de Notariado y Registro (SNR), expidió la Resolución 05020 de 2020, por medio de la cual autoriza a las notarías del país prestar el servicio en el horario en que lo hacía cada despacho antes de iniciar el Aislamiento Preventivo Obligatorio.

Esta medida empezará a regir a partir del primero de julio y se mantendrá hasta el día quince del mismo mes. De esta forma, se entiende como normalizado el servicio público notarial en el país. 

No obstante, para aquellas regiones del país en las que, a través de alcaldes o gobernadores, se decrete toque de queda, el servicio se entenderá como suspendido y se restablecerá una vez sea levantada la medida local. 

Respecto a las medidas de bioseguridad establecidas por la SNR, cada notario debe continuar implementándolas. Algunas de ellas son elaborar actas de control de ingreso de usuarios a los despachos; desinfectar el captor biométrico antes de su uso por cada usuario.

Según las recomendaciones sanitarias, este proceso de limpieza debe hacerse cada vez que se utilice el dispositivo. Así mismo, el uso de sensores de huella solamente debe ser utilizado por personal autorizado, designado por el notario. De esta manera, se disminuye el número de personas que tienen contacto con estos equipos. 

Tener a disposición de trabajadores y usuarios elementos necesarios para el lavado de manos. 

Servicio a domicilio

Así mismo, continúa la prestación del servicio a domicilio, en especial a personas en situación de vulnerabilidad y sujetos de especial protección constitucional. Sin embargo, se mantiene la suspensión del mismo en clínicas, hospitales y en establecimientos penitenciarios y carcelarios. 

Para este caso también se tomarán medidas de bioseguridad se debe verificar que el usuario al que se le prestará el servicio no haya ingresado recientemente a Colombia proveniente de países con casos de Covid-19, o que se encuentre en aislamiento debido a contagio de este virus. ?

Adicionalmente, es obligatorio el uso del tapaboca, la toma de temperatura y el lavado de manos antes y después de haber facilitado el servicio. ?