Bogotá, 22 de agosto de 2017.- El pasado 18 de agosto las Comisiones de Seguimiento y Monitoreo a la Ley 1448 y a los Decretos Leyes 4633,
Bogotá, 22 de agosto de 2017.- El pasado 18 de agosto las Comisiones de Seguimiento y Monitoreo a la Ley 1448 y a los Decretos Leyes 4633, 4634, 4635, de 2011, integradas por la Procuraduría General de la Nación, la Contraloría General de la República, la Defensoría del Pueblo y Representantes de las Víctimas, hicieron entrega al Congreso de la República de los informes de seguimiento a la política de atención y reparación integral a víctimas étnicas y no étnicas en cumplimiento de la obligación consagrada en las citadas normas.
En estos informes se concluye que a pesar de los avances registrados, a escasos 4 años de terminar la vigencia de la Ley y los Decretos Leyes, persiste el grave incumplimiento en la implementación de las medidas de atención, asistencia y reparación integral, así como lo relacionado con el derecho a la participación, y la restitución de derechos territoriales. El panorama es aún más preocupante frente a la garantía de los derechos de las víctimas étnicas, pues la estructura institucional no responde a sus necesidades geográficas, cuantitativas, culturales y poblacionales.
En el marco de la Ley 1448 de 2011, los recursos financieros que no dependen del Sistema General de Participaciones se han reducido, a lo que se suman las restricciones financieras del Estado en la actual coyuntura; lo cual hace improbable un incremento de recursos para la reparación integral, que respecto de la medida de indemnización apenas alcanza el 7% de la población.
La ausencia de un plan financiero específico (CONPES) para la población víctima étnica ha sido un obstáculo estructural para la puesta en marcha de los Decretos Ley. Tanto así que la restitución de derechos territoriales correspondió escasamente al 4% del presupuesto de inversión apropiado por la Unidad de Restitución de Tierras para la vigencia fiscal de 2016. Asimismo, la Agencia Nacional de Tierras ha informado que con la asignación presupuestal actual, requeriría 78 años para superar las cuestiones no resueltas en materia étnica y agraria.
Además de las limitaciones presupuestales actuales, aún persisten problemas en la coordinación y articulación de las diferentes entidades del Gobierno que integran el Sistema Nacional de Atención y Reparación a las Víctimas y, más aún, entre la nación y las entidades territoriales. Por tal razón, la Comisión hace un llamado para que se implemente el modelo de corresponsabilidad y se fortalezca el compromiso de las diferentes entidades en el cumplimiento de sus obligaciones legales para contribuir a la reparación integral y transformadora de las víctimas del conflicto armado.
Las dificultades presupuestales y de articulación y coordinación impiden avanzar en resultados. A la fecha ninguno de los 522 procesos de reparación colectiva incluidos en el registro ha culminado. Se ha iniciado un proceso de reelaboración de los planes de reparación colectiva por la incapacidad material de cumplir con los compromisos incluidos en los planes y en algunos casos persisten las críticas porque la implementación de las medidas no consulta con las necesidades reales de las víctimas y las particularidades de sus territorios.
En materia de reparación individual los informes resaltan el escaso avance en la indemnización administrativa de las víctimas, aún falta el 93% de la población víctima por acceder a esta medida, así como de la incipiente aplicación de criterios para darle prioridad a los adultos mayores, a quienes sufren discapacidad por cuenta del conflicto o enfermedades catastróficas.
Las medidas de prevención y protección carecen de enfoque diferencial étnico, pues las evaluaciones de riesgo, las medidas adoptadas y los tiempos de respuesta no tienen en cuenta las complejidades de los territorios, contraviniendo los principios de oportunidad y eficacia que deben aplicarse en los programas de protección. Se reitera la preocupación por la situación de vulnerabilidad, amenazas y homicidios de los defensores de derechos humanos y líderes sociales. Según las cifras de la Defensoría del Pueblo, la cifra de homicidios entre el 2016 y el 5 de julio de 2017 asciende a 186 personas.
De otra parte las víctimas de violencia sexual aún siguen señalando falencias básicas en la atención en salud física y psicosocial. La Estrategias de Recuperación Emocional y el Programa de Atención Psicosocial Integral a las Víctimas no tienen mayor cobertura y su implementación se retrasa cada año por aspectos contractuales y presupuestales.
En los informes se resaltan que en algunos casos persisten las limitaciones a la participación de las víctimas; pese a la existencia formal de espacios y mecanismos, estos son escasos y no se cuenta con los recursos para su funcionamiento. Además, víctimas resaltan que su incidencia es poco efectiva en la toma de decisiones.
Por orden de la Corte Constitucional, la Unidad de Restitución de Tierras elaboró un Plan Estratégico para la restitución de todos los predios despojados. Sin embargo, se evidencia con preocupación la no inclusión explícita del tema de derechos territoriales de las comunidades étnicas y la falta de medidas para impulsar los procesos cuando se encuentran en la etapa judicial, teniendo en cuenta que en esta etapa también se presentan cuellos de botella.
Ahora bien, dado el atraso que se presenta en el proceso de restitución de derechos territoriales y que la URT y la Mesa Permanente de Concertación definirán los criterios, zonas, casos, y, tiempos para la focalización y puesta en marcha de las medidas de restitución (Decreto- Ley 4633 de 2011; Art. 145); así como la complejidad del proceso (p.e. la consulta previa) se hace necesaria la estructuración de un Plan Estratégico para el proceso de restitución de derechos territoriales de sujetos colectivos.
Por último se hace un llamado para que el Gobierno Nacional y las entidades territoriales, en el marco del sistema de corresponsabilidad, avancen en la implementación y cumplan con sus obligaciones legales contempladas tanto en la Ley 1448 como de los Decretos Leyes 4633, 4634 y 4635 de 2011 y se destaca la oportunidad que representa el fin del conflicto y la implementación del Acuerdo Final para avanzar en la satisfacción de los derechos de las víctimas y en la trasformación de sus condiciones de vida.
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