El Gobierno Nacional decretó varios cambios al procedimiento de expedición de licencias urbanísticas a partir de las lecciones aprendidas durante la
El Gobierno Nacional decretó varios cambios al procedimiento de expedición de licencias urbanísticas a partir de las lecciones aprendidas durante la pandemia del COVID-19, y gracias a la intervención y participación ciudadana, los gremios y actores del sector constructor.
La nueva normativa modifica parcialmente el Decreto 1077 de 2015, en lo relacionado con el estudio, trámite y expedición de las licencias urbanísticas. “Dentro de las grandes apuestas se encuentra la ampliación del término que se tiene para ejecutar las licencias urbanísticas en proyectos nuevos, evitando entre otras, la existencia de construcciones en obra negra o inacabadas. Las licencias que se radiquen con destino a nuevos proyectos de urbanización, parcelación y construcción tendrán 12 meses más de vigencia, es decir, 36 meses sin contar prórrogas y revalidaciones”, precisó Jonathan Malagón, ministro de Vivienda, Ciudad y Territorio.
Atendiendo los avances tecnológicos, y como repuesta a las situaciones atípicas vividas durante la pandemia, se eliminan barreras para poder implementar el trámite virtual de las licencias urbanísticas. “En diferentes disposiciones se permite que la radicación de documentos, sus firmas, así como la notificación y los recursos de vía administrativa se realicen aplicando las normas nacionales de firma electrónica y procedimientos electrónicos, eliminando además la necesidad de aportar varias copias físicas de los planos”, puntualizó el titular de la cartera.
Adicionalmente, el nuevo decreto introduce parámetros para que los municipios y distritos financien la adquisición de suelo y la construcción de obras públicas utilizando sistemas de reparto de cargas y beneficios, a partir de los cuales los constructores y urbanizadores ejecutan infraestructura pública y reciben proporcionalmente beneficios urbanísticos. De esta manera las autoridades territoriales tendrán un medio adicional para la ejecución de los proyectos prioritarios para el desarrollo de los municipios.
El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio también expidió una nueva normatividad con la cual se modifica parcialmente el Decreto 1077 de 2015 en lo relacionado con el análisis de prefactibilidad y la localización de los Macroproyectos de Interés Social Nacional, con el objeto de fomentar e incentivar la construcción de grandes áreas con destino a vivienda de interés social y vivienda de interés prioritario, protegiendo el medio ambiente.
“Atendiendo la importancia que tienen los recursos acuíferos en los territorios, y que estos se encuentran en la mayor parte del país, consideramos pertinente expedir un decreto señalando que, en los eventos en que los macroproyectos de vivienda de interés social nacional se encuentren en áreas de recarga de acuíferos, se deben realizar estudios técnicos que delimiten estas áreas y garanticen su continuidad”, afirmó el Ministro de Vivienda.
Dichos estudios de mayor detalle y los criterios para definir la localización de los componentes del Macroproyecto, servirán de base para la evaluación que deberán llevar a cabo las autoridades ambientales competentes, con el fin de establecer la viabilidad o no de dicha localización. La evaluación y decisión ambiental deberá garantizar que la localización del Macroproyecto de Interés Social Nacional –MISN– no afecta la continuidad de los servicios ecosistémicos, en temáticas como: tasa de recarga, continuidad del flujo base hacia fuentes de agua superficial, manantiales o hacia ecosistemas interconectados hidráulicamente con dichas zonas y la no afectación de la calidad del agua subterránea y ecosistemas conexos.