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ICA socializó resolución sobre registro pecuario de establecimientos de acuicultura en el Cesar

El Instituto Colombiano Agropecuario, ICA, socializó la resolución 064 de 2016, con más de 30 productores acuícolas,  

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El Instituto Colombiano Agropecuario, ICA, socializó la resolución 064 de 2016, con más de 30 productores acuícolas,  la cual establece los requisitos para obtener el registro pecuario de establecimientos que se dediquen a la acuicultura, en el departamento del Cesar.
 
Teniendo en cuenta el gran potencial de la zona, el  ICA,  el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural y  La Federación de Piscicultores del Cesar, adelantan trabajos de aspecto técnico y empresarial con 32 asociaciones conformadas por cerca de 900 personas de 12 municipios alrededor de la Ciénaga de Zapatosa, para hacer del Cesar un departamento rico en piscicultura y generar bienestar en los productores.
 
El registro pecuario de los establecimientos de acuicultura es un documento  necesario  para las gestiones de la autoridad sanitaria,  y debe ser solicitado en la oficina local del ICA más cercana al predio, aportando información y anexando documentación solicitada.
El registro de los establecimientos acuícolas en ningún caso,  legitima o suplanta los documentos para acreditar la propiedad de un predio.
 

Los requisitos que se deben cumplir para el registro del predio son los siguientes:
 
           
ü  Nombre de la persona natural o del representante legal con su número de documento de identificación o Nit, dirección, teléfono y correo electrónico
 
ü  Nombre del establecimiento y del predio donde se encuentre ubicado, indicando ubicación geográfica (departamento, municipio, vereda). 
 

ü  Extensión del área dedicada a la acuicultura que se va a registrar, incluyendo número de tanques, estanques, jaulas, jaulones, piscinas y/o acuarios. Esta información deberá ser actualizada si se produce un cambio en la infraestructura.
 

ü  Original y copia del certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio si es persona jurídica, con la fecha de expedición de mayor a 90 días calendario previo a la presentación de la solicitud ante el ICA.
 

ü  Matrícula mercantil, RUT o cédula de ciudadanía o de extranjería, si se trata de una persona natural. En el caso de persona jurídica, el objeto social debe incluir la producción de animales acuáticos. 
 

ü  Acreditar la propiedad, posesión o tenencia del establecimiento destinado a la acuicultura.
 

ü  Fases de producción que se desarrollan en la explotación.
 

ü  Número de ciclos de producción que se realizan al año.
 

ü  Tipo de especie (s) cultivada (s), indicando el nombre común y científico.
 
 

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