A través una circular, el Gobernador Francisco Ovalle Angarita instó a los alcaldes municipales para que atiendan las recomendaciones qu
A través una circular, el Gobernador Francisco Ovalle Angarita instó a los alcaldes municipales para que atiendan las recomendaciones que existen frente a la venta, comercialización, distribución y uso de la pólvora durante la temporada decembrina que inicia el primero de diciembre y finaliza el 10 de enero del próximo año.
El oficio que firma el Mandatario Departamental y el Comandante de Policía Cesar Mauricio Pedraza Rocha y que es dirigido a Alcaldes, entidades técnicas y operativas, Consejos Municipales de Gestión del Riesgo de Desastres y comunidad en general, emite unas recomendaciones específicas para evitar hechos de lamentar durante esta temporada.
Para el desarrollo de la campaña contra el uso de la pólvora, los mandatarios locales deberán elaborar un cronograma que incluya las siguientes actividades: Informe de las visitas de inspección, vigilancia y control, verificar el registro de los establecimientos de comercio, personas jurídicas y naturales autorizados para la fabricación, almacenamiento y distribución de artículos pirotécnicos, fuegos artificiales y pólvora, establecer un cronograma con las fechas de las campañas sobre el control de la manipulación producción o fabricación, distribución y consumo de artículos pirotécnicos, fuegos artificiales y pólvora.
Se debe igualmente, activar espacios de coordinación intersectorial, tales como los Consejos Municipales de Gestión del Riesgo con el objetivo de implementar las acciones para prevención, control y manejo de las lesiones por pólvora e intoxicaciones por fósforo blanco con base en lo dispuesto en la Ley 1523 de 2012, lo mismo que diseñar, implementar y evaluar una estrategia de comunicación que tenga como objetivo informar y educar en la prevención de lesiones por pólvora, dirigida a población general con énfasis en los grupos vulnerables, identificados durante la temporada del periodo anterior.
La circular, en la que se exhorta a los Alcaldes a tener en cuenta algunas recomendaciones, señala además que los mandatarios, de manera articulada con la Policía Nacional y las Unidades de Bomberos, deben regular, vigilar y controlar la fabricación, almacenamiento, transporte, comercialización, manipulación y uso de la pólvora.
Igualmente deben concertar, coordinar y consolidar la planeación y la gestión para la prevención, el control del uso, manipulación, almacenamiento, distribución, transporte, comercialización de artículos pirotécnicos, fuegos artificiales y pólvora.
Entre las recomendaciones el Gobernador Ovalle insiste en que los Alcaldes deben hacer cumplir el Decreto 4481 de 2006, que reitera además de la prohibición absoluta de la venta de artículos pirotécnicos a los menores de edad y a las personas en estado de embriaguez, las condiciones mínimas de seguridad para el almacenamiento, trasporte, distribución, venta y uso de pólvora y de artículos pirotécnicos o fuegos artificiales.
Solo se podrán autorizar actos o eventos que involucren el uso y aprovechamiento de artículos pirotécnicos de categoría tres con el previo concepto de la Policía Nacional, los cuerpos de bomberos o unidades especializadas y el consejo municipal para la gestión del riesgo.
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