El Congreso elimina la reelección presidencial en octavo debate y solo puede ser revivida por una constituyente o un referendo. La aprobación de este art
El Congreso elimina la reelección presidencial en octavo debate y solo puede ser revivida por una constituyente o un referendo.
La aprobación de este artículo tuvo una intensa oposición por parte de la bancada parlamentaria del Centro Democrático, que considera que la reelección permite darle continuidad a las buenas políticas del presidente de turno y así como también castigar a los malos mandatarios.
La ponencia, radicada por el representante Edward Rodríguez, buscaba que se instaure una figura de reelección que solo inhabilitaría a aquel mandatario que hubiera ejercido el cargo en el periodo inmediatamente anterior.
“No podrá ser elegido Presidente de la República o Vicepresidente quien hubiere incurrido en las causales de inhabilidad consagradas en los numerales 1,4 y 7 del artículo 179, ni eel ciudadano que un año antes de la elección haya tenido la investidura de vicepresidente o ejercido los cargos de Presidente de la república, Magistrado de la Corte Suprema de Justicia, Procurador General de la nación (etc..)”, cita el documento radicado por Rodríguez.
También en la plenaria de la Cámara se aprobado una curul para los raizales de la isla de San Andrés y el Contralor General de la República no podrá ser reelegido y su elección la hará el congreso en pleno de lista de elegibles por convocatoria pública.
Fuente: wradio
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