Luego de una acalorada discusión la Comisión Primera del Senado aprobó este martes la ley que regula las prácticas de euta
Luego de una acalorada discusión la Comisión Primera del Senado aprobó este martes la ley que regula las prácticas de eutanasia en Colombia. Con una votación de 10 parlamentarios a favor y 4 en contra el proyecto pasa a segundo debate en la plenaria de esa corporación.
El autor de la iniciativa, Armando Benedetti enfatizó en que la eutanasia ya existe en Colombia “lo que quiero es reglamentarla, cuándo se puede hacer cuando alguien padezca una enfermedad terminal o un intenso dolor, cuando la ciencia médica no tenga cura al respecto por lo tanto esa persona y su médico puede aplicarla”.
El parlamentario agregó que actualmente la eutanasia en Colombia se “puede hacer como sea, yo lo que quiero es reglamentar para que las personas que quieran morir dignamente lo puedan hacer, morir bien es un derecho que tenemos todos y un deseo que tenemos todos. El paciente es el único que puede determinar y la pide a su médico tratante”.
Benedetti aseguró que en este momento no existe ninguna sanción penal para los médicos pero que aun así el proyecto enfatiza sobre el mismo punto.
Según el senador Juan Carlos Vélez, quien se opuso a la iniciativa, si un médico accediera a realizar una práctica de eutanasia en Colombia estaría violando la ética médica y por lo tanto el juramento hipocrático. En ese sentido el parlamentario señaló que el tema no es un tema religioso.
“Sin embargo, la esencia de la civilización occidental de nuestra moral y ética es el cristianismo, aquí no tenemos fuentes del taoísmo, islamismo o budismo la estructura que rige la sociedad y está encima de nuestras normas es la filosofía cristiana”, enfatizó Vélez.
Por otra parte el senador Carlos Enrique Soto, del Partido de la U afirmó que el ser humano tiene derecho a morir dignamente, “con obviamente todas las justificaciones correspondiente y después de los diagnósticos científicos a los que haya lugar”.
El senador Hernán Andrade del Partido Conservador, afirmó que la iniciativa desborda un principio natural y un principio fundamental que es el derecho a la vida, “la Corte Constitucional desbordó su facultad exhortando al congreso a legislar y porque lo que hoy que se llama eutanasia pasiva que es dejar morir a la persona de manera pasiva ya existe por ley lo que se pretende es autorizar la eutanasia activa que es entregarle la droga letal para que el paciente fallezca”.
Contexto
Proyecto modifica los artículos del código penal de la siguiente manera:
El artículo 106 del Código Penal quedará así:
Artículo 106. Homicidio por piedad. El que matare a otro por piedad, para poner fin a intensos sufrimientos provenientes de lesión corporal o enfermedad grave e incurable, incurrirá en prisión de uno a tres años.
Cuando el médico tratante cuente con el consentimiento libre e informado del paciente, y haya respetado el procedimiento de cuidado debido, exigido por la ley que regula la terminación de la vida de una forma digna y humana y la asistencia al suicidio, no será objeto de sanción penal alguna.
El artículo 107 del Código Penal quedará así:
Artículo 107. Inducción o ayuda al suicidio. El que eficazmente induzca a otro al suicidio, o le preste una ayuda efectiva para su realización, incurrirá en prisión de dos a seis años.
Cuando la inducción o ayuda esté dirigida a poner fin a intensos sufrimientos provenientes de lesión corporal o enfermedad grave e incurable, se incurrirá en prisión de uno a dos años.
Cuando sea el médico tratante quien provea los medios necesarios para la realización del suicidio y cuente con el consentimiento libre e informado del paciente, y además haya respetado el procedimiento de cuidado debido, exigido por la ley que regula la terminación de la vida de una forma digna y humana y la asistencia al suicidio, no habrá responsabilidad penal alguna.
Fuente: elcolombiano.com
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