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Alcaldía de Valledupar inicia regulación de la publicidad politica

Teniendo en cuenta que se acerca el proceso político,  la administración municipal inició las reuniones con el Comité Electoral, integrado por la Secretaría de Go

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Teniendo en cuenta que se acerca el proceso político,  la administración municipal inició las reuniones con el Comité Electoral, integrado por la Secretaría de Gobierno Municipal, el/la responsable de la Oficina de Espacio público, Registrador Municipal y los representantes de los partidos políticos y movimientos con personería jurídica, así como los candidatos independientes que participaran en esta elección, quienes serán invitados con el fin de asegurar un proceso trasparente y garantizar a la comunidad la regulación de publicidad en el municipio.

El alcalde Fredys Socarrás Reales,  como primera autoridad podrá limitar el número de vallas, afiches y elementos publicitarios destinados a difundir propaganda electoral en sitios autorizados.

“El objetivo del Comité Electoral es regular el tema de la publicidad política, que los diferentes movimientos y representantes de partidos se comprometan a no empapelar la ciudad y que  sólo sea instalada en los sitios autorizados y la cantidad que se determine en los comités” dijo Carlos Mario Céspedes Torres, Secretario de Gobierno Municipal.

El alcalde Fredys Socarrás Reales, hizo un llamado a los movimientos y partidos políticos a cumplir con todos los requisitos para la instalación de publicidad en sitios autorizados, además, deben garantizar el desmonte de la misma quince días después de las elecciones, para evitar las sanciones correspondientes.

SANCIONES

-       Multa de uno (1) a cinco (5) salarios mínimos legales mensuales vigentes por la instalación de publicidad en sitios no autorizados.

-       Si vencido el plazo establecido para remover la propaganda electoral en espacio público, el movimiento o partido no lo hace, el municipio procederá a retirarla a costa del infractor, quien deberá cancelar las siguientes sumas de dinero: veinte mil pesos ($20.000) por cada pasacalle retirado, quince mil pesos ($15.000) por cada pendón retirado, cien mil pesos ($100.000) por cada valla retirada, diez mil pesos ($10.000) por cada afiche retirado.

DÓNDE PUEDE INSTALARSE LA PUBLICIDAD EXTERIOR VISUAL

(Artículo 3 de la Ley 140 de 1994)

·         Recintos destinados a la presentación de espectáculos públicos.

·         En los paraderos de los vehículos de transporte publico

·         Demás elementos de amoblamiento urbano

DÓNDE NO PUEDE INSTALARSE LA PUBLICIDAD EXTERIOR VISUAL

·         En las áreas que constituyen ESPACIO PUBLICO

·         Donde lo prohíban los Concejos Municipales y Distritales (Inmuebles destinados a Vivienda y que estén en control y preservación y defensa del patrimonio ecológico y cultural del Municipio)

·         En la propiedad privada sin el consentimiento del propietario o poseedor.

·         Sobre la infraestructura, tales como postes de apoyo a las redes eléctricas y telefónicas, puentes, torres eléctricas y cualquier otra estructura de propiedad del Estado.

MAYOR INFORMACIÓN: Carlos Mario Céspedes Torres, Secretario Gobierno

Cel: 3006725155.

COMUNICACIONES – SECRETARÍA DE GOBIERNO

KARINA MARTÍNEZ OLIVEROS

CELULAR: 3016875131

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