Por iniciativa de tres concejales, Libertad Religiosa y de Cultos en el municipio de Valledupar

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Por iniciativa de tres concejales, Libertad Religiosa y de Cultos en el municipio de Valledupar

Teniendo en cuenta el crecimiento constante de las diferentes corrientes religiosas y la diversidad de cultos que profesan los valduparenses, los

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Teniendo en cuenta el crecimiento constante de las diferentes corrientes religiosas y la diversidad de cultos que profesan los valduparenses, los concejales Luis Manuel Fernández Arzuaga, Ronald Castillejo De La Hoz y César Maestre Monterrosa, presentaron el proyecto de Acuerdo Municipal “Por medio del cual de dictan los lineamientos de la Política Pública Integral de Libertad Religiosa y de Cultos en el municipio de Valledupar”.

Tomando como base el artículo 19 de la Constitución Política de Colombia, que garantiza la libertad de cultos: “Toda persona tiene derecho a profesar libremente su religión y a difundirla en forma individual o colectiva”, los tres corporados buscan que se aplique este articulado de la Carta Magna en la zona urbana y rural del municipio de Valledupar.

Después de un trabajo de articulación entre el Ministerio del Interior y el Departamento Nacional de Planeación (DNP), se consolidó la inclusión de las entidades religiosas y sus organizaciones, tanto en las bases, como en el contenido final del Plan Nacional de Desarrollo 2018 – 2022, el cual en el artículo 127 estableció la necesidad de promover la articulación intersectorial y garantizar el goce efectivo del ejercicio del derecho a la libertad de culto. En ese sentido, el Ministerio de Interior exhortó a los alcaldes y gobernadores para que tengan en cuenta al sector religioso en el momento de diseñar las políticas públicas y la planeación funcional (administrativa, política y presupuestal), disponiendo de los respectivos espacios de participación ciudadana.

Al respecto, el concejal Luis Manuel Fernández Arzuaga, expresa que el reconocimiento real de la libertad religiosa como derecho fundamental de todos los hombres y mujeres, debe ser entendido como la base de una convivencia armónica y respetuosa. En esta medida, todo espacio que esté orientado a garantizar este derecho se constituye en prioritario y merecedor de toda atención”.

Los concejales Luis Manuel Fernández Arzuaga, Ronald Castillejo De La Hoz y César Maestre Monterrosa argumentan que la Corte Constitucional dice que el Estado colombiano tiene un carácter laico, lo cual implica que es neutral frente a la promoción de las diferentes religiones que existen en el país, lo que asegura el pluralismo, la coexistencia igualitaria y la autonomía de las distintas confesiones religiosas.

La libertad religiosa sólo puede lograrse sobre el supuesto de que quien profesa ciertas creencias religiosas o unas determinadas convicciones morales tiene derecho a proclamarlas, a difundirlas, a defenderlas, a practicar lo que de ellas se desprende, y a la inalienabilidad de su propia esfera de pensamiento, de modo tal que ni el Estado, ni los particulares, ni institución alguna puede invadirla para forzar cambios de perspectiva, ni para molestar o perseguir al sujeto por razón de aquéllas, ni para censurarlas.

Fernández Arzuaga puntualiza que, “dado el marco de construcción de una paz duradera y genuina en el que se encuentra Colombia, y donde nuestra región es centro de consolidación de grupos que dejaron las armas y requieren de la reinserción en la vida social, es necesario hacer un análisis desde todos los sectores de la sociedad, y para el caso particular, un reconocimiento real de todas las organizaciones religiosas, como instituciones promotoras de paz y como actores de gran incidencia en la ejecución de las políticas del postconflicto, que tendrán un papel preponderante en este objetivo común, dadas sus condiciones y su reconocimiento dentro de las sociedades actuales”.