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Contraloría de Valledpar encuentra irregularidades en Emdupar

La evaluación a los procesos de gestión misional, proceso contractual, sistema de control interno, seguimiento a los planes de mejoramiento, procesos cont

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La evaluación a los procesos de gestión misional, proceso contractual, sistema de control interno, seguimiento a los planes de mejoramiento, procesos contables, presupuestal y financiero, área de almacén y atención de quejas de la Empresa de Servicios Públicos de Valledupar, EMDUPAR S.A. E.S.P, derivó la configuración de 52 hallazgos administrativos, de los cuales 21 corresponden a hallazgos con alcance fiscal en cuantía de Dos mil cuatrocientos ochenta y un millones trescientos cincuenta y tres mil doscientos sesenta y ocho pesos ($2.481.353.268); 37 tienen posible alcance disciplinario y 2 con posible incidencia penal, los cuales serán trasladados ante las autoridades competentes.

 

Los hallazgos son el resultado de la Auditoría Gubernamental con Enfoque Integral modalidad Regular realizada por la Contraloría Municipal de Valledupar a la Empresa de Servicios Públicos de Valledupar – EMDUPAR S.A. E.S.P, vigencia 2008 y 2009.

 

GESTIÓN MISIONAL

 

La Contralora Municipal de Valledupar, Alba Luz Trujillo Lobo, precisó que la gestión misional de EMDUPAR es desfavorable. No hubo la debida articulación entre las metas y los Planes de acción por dependencias y lo plasmado en el Plan de Desarrollo Municipal, vigencia 2008 – 2011, construido con base en 43 metas, las que en su gran mayoría corresponden a actividades propias de los procesos misionales de la entidad.

 

Seguimiento a planes de mejoramiento

 

La funcionaria afirmó que a diciembre 31 de 2009 no hay cumplimiento de los planes de mejoramiento suscritos. Se evaluaron la totalidad de las acciones correctivas y sólo alcanzo un porcentaje de cumplimiento del 37%, que la califica como no cumplido, situación que no le permite a la empresa promover sus procesos internos para que se desarrollen en forma eficiente, orientadas al logro de los objetivos misionales y de apoyo.

 

Por consiguiente, se solicitará Proceso Administrativo Sancionatorio, según lo señalado en el literal j) del artículo Quinto de la Resolución 028 de 2001, emitida por la Contraloría Municipal de Valledupar, en concordancia con lo establecido en el artículo 101 de la Ley 42 de 1993.

 

El proceso de planeación adelantado por la empresa es improductivo. Del seguimiento al Plan de Desarrollo “Valledupar Te Quiero”, se determinó que EMDUPAR S.A. E.S.P., no cumplió con las expectativas previstas para las metas físicas definidas en los proyectos de inversión examinados tales como: construcción de redes locales para el servicio de acueducto 69%; detección y control de fugas 10%; construcción del colector oriental 0%; implementación del PUEFAA 0% y construcción del embalse multipropósito los Besotes 0.25%.

 

PROCESO CONTRACTUAL

La entidad  no realizó el Plan Anual de Contratación para la adquisición de bienes y servicios requeridos para el logro de los objetivos y metas institucionales, lo que conlleva a celebrar contratos inadecuados donde no hay claridad del  objeto, no se priorizan las necesidades, no se elaboran previamente o si se hacen son deficiente los estudios, cálculos y diseños correspondientes, no se tipifican acorde a su esencia y naturaleza y no se solicitan las autorizaciones o permisos necesarios.

 

Se evidenciaron contratos suspendidos y prórrogas constantes exponiendo a la empresa a soportar, por imprevisión, los costos sociales, financieros y la compensación de ítems reclamados a favor de los contratistas.

 

Se detectó la existencia de obras retrasadas, suspendidas, colapsadas, sin  funcionar, que no están prestando ningún servicio a la comunidad como es el caso de los nuevos módulos del sistema de tratamiento de aguas residuales “El Salguero”, financiados con recursos del nivel central, a través de FONADE.

 

De la evaluación realizada a los contratos de obra celebrados por  EMDUPAR S.A. E.S.P., se constató el incumplimiento al mandato del artículo 6 de la Ley 1106 de 2006, al omitir los cobros correspondientes al 5% del valor total de los contratos de obra suscritos lo que generó la vulneración del patrimonio público, al constituirse en un detrimento patrimonial para el municipio de Valledupar, que debía recibir los recursos provenientes de la contribución para ser invertidos en los diversos programas y proyectos que buscan mejorar la problemática que afecta la seguridad y convivencia en el municipio de Valledupar. El detrimento patrimonial efectuado al municipio, generó un enriquecimiento sin causa a favor de los contratistas, quienes estaban obligados al pago de la contribución.

 

Situación similar ocurrió con el no cobro de la Estampilla pro Bienestar del Anciano, cuyos recursos están destinados a la construcción, dotación y funcionamiento de los centro de bienestar del anciano en el Municipio de Valledupar, conforme al artículo 176 del Acuerdo 034 de 2008.

 

Durante el ejercicio auditor se determinó el incumplimiento del objeto contractual en contratos de suministro y consultoría tales como: sistema de gestión documental Orfeo, sistema biométrico de acceso, suministro e instalación de sensores de inserción y convertidor electromagnético y sistema de gestión de calidad los cuales hasta la fecha de auditoría no habían sido implementados pese a que los contratistas hicieran entrega de los equipos necesarios para su operación. Así mismo, se evidencia incumplimiento del objeto contractual en la prestación de servicios profesionales entre los que se destacan: servicios médicos  apoyo en PQR y el relacionado con el avalúo de predios rurales.

 

Al no contar la empresa con la actualización de catastro de suscriptores y de redes de acueducto y alcantarillado, EMDUPAR S.A. E.S.P., deja de percibir ingresos anuales por el orden de los cuatro mil millones de pesos ($4.000.000.000) que servirían para realizar inversiones en el mejoramiento en la prestación del servicio además de tener una mayor comprensión de los activos con énfasis en los activos bajo tierra, reducción de costos de capital, teniendo en cuenta inversiones más efectivas y mejor orientadas, manejo completo de la información de redes en general y planeación de ampliaciones, reposiciones y distribuciones, entre otros.

 

Controversias Judiciales

 

El ente de control observó que han sido originadas por las decisiones equivocadas tomadas por la alta dirección de la empresa, las cuales han causado detrimentos patrimoniales, cuando quienes se han visto afectados instauran acciones judiciales, en las cuales se ha condenado a la empresa a pagar grandes sumas de dinero, sin que los funcionarios públicos que adoptaron tales decisiones erradas, hayan respondido fiscalmente por sus desaciertos. 

 

Sumado a esto EMDUPAR S.A. E.S.P. no ha impetrado la Acción de Repetición contemplada en los artículos 77 y 86 del Código Contencioso Administrativo, y en artículo 1° de la Ley 678 de 2001, buscando el resarcimiento del daño ocasionado al patrimonio del Estado, en contra de quienes en ejercicio de sus funciones estuvieron vinculados al proceso. El detrimento patrimonial asciende a ($1.040.246.007)

 

Sistema de Control Interno

 

La alta dirección no considera el control interno, como un mecanismo de soporte y un instrumento proactivo que está a su disposición para apoyarlo en el logro de los objetivos de la empresa.

 

GESTIÓN DE TALENTO HUMANO

 

La empresa no está dando cumplimiento a la normatividad que regula la vinculación de personal, toda vez que en las vigencias 2008 y 2009, fueron vinculados (103) trabajadores por medio de contratos de trabajo a término fijo. Estos funcionarios fueron vinculados de manera irregular; los cargos no se encuentran en la planta de personal, ni en el manual especifico de funciones y requisitos mínimos

 

Por su parte, los procesos de inducción y re inducción no se están aplicando lo que genera retraso e inestabilidad en la realización de los procesos y actividades que se desarrollan en cumplimiento a los objetivos de la entidad.

 

Quejas y Denuncias

 

En atención a las quejas y denuncias en desarrollo de la auditoría se relacionan las de mayor incidencia:

 

·         Gastos de los insumos químicos (Cloro, sulfato y policloruro de aluminio).  La empresa no tiene un estudio de dosificación optima, de costos por metro cubico, ni se realizan los controles necesarios que le permitan el uso eficiente de los productos.

 

Del análisis efectuado a los consumos de la vigencia 2008, entre los meses marzo y abril, se constatan imprecisiones y faltantes por 25.000. Kilogramos de sulfato de aluminio los cuales tuvieron un costo de $14.659.500; constituyéndose en un presunto detrimento al patrimonio.     

 

·         Pérdidas de elementos de laboratorio. Se constató la perdida (robo) de 100 cajas de filtros, sin que los funcionarios responsables de esta, hayan realizados las gestiones pertinentes, para resarcir el daño o detrimento causado a la empresa cuya cuantía es de $12.440.000.

 

GESTIÓN PRESUPUESTAL Y FINANCIERA

 

Los Estados Contables de EMDUPAR S.A. E.S.P, no presentan razonablemente, la situación financiera, por  los años terminados el  31 de diciembre de 2008 y 2009  y los resultados de los ejercicios económicos de los años terminados en la misma  fecha,  de  conformidad con las normas y principios de contabilidad prescritos por la Contaduría General de la Nación.

 

Para la Contraloría Municipal de Valledupar, los estados presentados han mostrados permanentemente  inconsistencias  las cuales han sido plasmadas en las Auditorías de Balance años 2006, 2007, 2008 y 2009.  

 

Plan de Mejoramiento

 

La entidad debe ajustar el plan de mejoramiento que se encuentra desarrollando, con acciones y metas que permitan solucionar las deficiencias.

 

Participación Ciudadana

Comunicaciones

 

 

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